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| Norma | Detalle y Clasificación | Documentos | Jurisdicción |
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Ley 6571/1994
Poder Legislativo
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Ley de Impacto Ambiental
Vigente
Protección del Ambiente
Radicación Industrial
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Provincia de San Juan
SEAyDS (San Juan)
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Decreto 911/1996
Poder Ejecutivo
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Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo - Reglamentación Ley 19587 para la Construcción
Vigente
Aparatos para izar, ascensores y montacargas
Contratistas y Visitas
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Esta reglamentación es de aplicación donde desarrollen actividades los trabajadores en relación de dependencia en empresas constructoras, tanto en el área física de obras en construcción como en los sectores, funciones y dependencias conexas, tales como obradores, depósitos, talleres, servicios auxiliares y oficinas técnicas y administrativas. |
Nacional
SRT
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Decreto 351/1979
Poder Ejecutivo
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Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo - Reglamentación Ley 19587
Vigente
Aparatos para izar, ascensores y montacargas
Aparatos Sometidos a Presión
Condiciones Higrotérmicas
Contaminación en ambiente laboral
Elementos de Protección Personal
Ergonomía
Iluminación y Color
Instalaciones Industriales y/o Comerciales
Máquinas y Herramientas
Protección Contra Incendios
Radiaciones Ionizantes
Radiaciones No Ionizantes
Riesgo Eléctrico
Ruidos y Vibraciones
Salud Ocupacional
Soldadura
Sustancias Peligrosas
Utilización de gases
Vehículos Industriales
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El decreto reglamenta las condiciones de seguridad para los establecimientos, especificando los requisitos mínimos para: - Servicio de medicina del trabajo, de seguridad e higiene y exámenes médicos - Condiciones de seguridad en maquinas, herramientas, elementos de izaje y escaleras - Condiciones ergonómicas, hidrotermicas y manejo manual de cargas - Manejo y almacenaje de sustancias peligrosas - Condiciones de seguridad para evitar el riesgo eléctrico - Elementos de protección personal - Condiciones de seguridad para evitar riesgos de radiaciones no ionizantes - Agua para consumo humano - Capacitación del personal - Condiciones de seguridad en vehículos y autoelevadores - Contaminación de ambiente laboral, ruido y vibraciones e iluminación - Condiciones de seguridad para utilización de gases y soldadura, - Ventilación de instalaciones - Condiciones de seguridad para aparatos sometidos a presión - Protección contra incendio. |
Nacional
SRT
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Resolución 295/2003
MTESS (Nación)
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Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo - Modif. Dec. 351/79
Vigente
Condiciones Higrotérmicas
Contaminación en ambiente laboral
Ergonomía
Salud Ocupacional
Radiaciones Ionizantes
Radiaciones No Ionizantes
Ruidos y Vibraciones
Sustancias Peligrosas
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Aprobar especificaciones técnicas sobre ergonomía y levantamiento manual de cargas, , aprobar especificaciones técnicas sobre radiaciones, sustituir el ANEXO II, III, IV y V del Decreto Nº 351/79. |
Nacional
SRT
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Decreto 1057/2003
Poder Ejecutivo
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Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo - Facultación de la SRT para modificar reglamentos de S&H
Vigente
Servicio de Seguridad e Higiene
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Modificase los Decretos Nros. 351/79, 911/96 y 617/97, con la finalidad de facultar a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para actualizar las especificaciones técnicas de los Reglamentos de Higiene y Seguridad en el Trabajo, aprobados por el Poder Ejecutivo Nacional en virtud de la Ley Nº 19.587. |
Nacional
SRT
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Ley 19587/1972
Poder Legislativo
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Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo
Vigente
Aparatos para izar, ascensores y montacargas
Aparatos Sometidos a Presión
Condiciones Higrotérmicas
Contaminación en ambiente laboral
Elementos de Protección Personal
Ergonomía
Iluminación y Color
Instalaciones Industriales y/o Comerciales
Máquinas y Herramientas
Protección Contra Incendios
Radiaciones Ionizantes
Radiaciones No Ionizantes
Riesgo Eléctrico
Ruidos y Vibraciones
Salud Ocupacional
Soldadura
Sustancias Peligrosas
Utilización de gases
Vehículos Industriales
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La higiene y seguridad en el trabajo comprenderá las normas técnicas y medidas sanitarias, precautorias, de tutela o de cualquier otra índole que tengan por objeto: - proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísicas de los trabajadores; - prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos centros o puestos de trabajo; - estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral. Todo empleador debe adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores, especialmente en lo relativo: - a la construcción, adaptación, instalación y equipamiento de los edificios y lugares de trabajo en condiciones ambientales y sanitarias adecuadas; - a la colocación y mantenimiento de resguardos y protectores de maquinarias y de todo género de instalaciones, con los dispositivos de higiene y seguridad que la mejor técnica aconseje; - al suministro y mantenimiento de los equipos de protección personal; - disponer el examen pre-ocupacional y revisación periódica del personal, registrando sus resultados en el respectivo legajo de salud; - instalar los equipos necesarios para la renovación del aire y eliminación de gases, vapores y demás impurezas producidas en el curso del trabajo; - mantener en buen estado de conservación, uso y funcionamiento las instalaciones eléctricas y servicios de aguas potables; - evitar la acumulación de desechos y residuos que constituyan un riesgo para la salud, efectuando la limpieza y desinfecciones periódicas pertinentes; - eliminar, aislar o reducir los ruidos y/o vibraciones perjudiciales para la salud de los trabajadores; - instalar los equipos necesarios para afrontar los riesgos en caso de incendio o cualquier otro siniestro; - depositar con el resguardo consiguiente y en condiciones de seguridad las sustancias peligrosas; - disponer de medios adecuados para la inmediata prestación de primeros auxilios; - colocar y mantener en lugares visibles avisos o carteles que indiquen medidas de higiene y seguridad o adviertan peligrosidad en las maquinarias e instalaciones; - promover la capacitación del personal en materia de higiene y seguridad en el trabajo, particularmente en lo relativo a la prevención de los riesgos específicos de las tareas asignadas; - denunciar accidentes y enfermedades del trabajo. |
Nacional
SRT
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Ley 27279/2016
Poder Legislativo
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Ley de Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios
Vigente
Gestión de Residuos Fitosanitarios
Protección del Ambiente
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Establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, en virtud de la toxicidad del producto que contuvieron, requiriendo una gestión diferenciada y condicionada. |
Nacional
MAyDS (Nación)
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Ley 23737/1989
Poder Legislativo
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Ley de Estupefacientes
Vigente
Precursores Químicos y Alcoholes
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Código Penal. Delitos contra la salud pública. En el art. 4 establece la creación del Registro Nacional de Precursores Químicos. |
Nacional
SEDRONAR (Nación)
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Ley 15336/1960
SE (Nación)
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Ley de Energía Eléctrica
Vigente
Uso de la Energía
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Regula las actividades de la industria eléctrica destinadas a la generación, transformación y transmisión, o a la distribución de la electricidad. |
Nacional
SE (Nación)
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Ley 3357/2022
Poder Legislativo
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Ley de Educación Ambiental Integral
Vigente
Protección del Ambiente
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Tiene por objeto establecer mecanismos que garanticen el derecho a la educación ambiental integral. Establece definiciones y principios. La Autoridad de Aplicación la Coordinación Ejecutiva de Estrategia Jurisdiccional de Educación Ambiental Integral. |
Provincia de Neuquén
Poder Legislativo
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Resolución 380/2019
SAyDS (Nación)
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Ley de Bosques Nativos - Acreditación de Ordenamientos Territoriales conforme COFEMA y Res. SAyDS N° 398/2015..
Vigente
Cambio Climático
Protección de la Capa de Ozono
Protección del Ambiente
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Establece que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE acreditará aquellos Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos aprobados por las AUTORIDADES LOCALES DE APLICACIÓN, debiendo evaluar el cumplimiento de las Resoluciones del COFEMA Nº 30/2012; Nº 236/2012, Nº 277/2014, Nº 350/17 y la Resolución SAyDS N° 398/2015. |
Nacional
SAyDS (Nación)
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Ley 13740/2018
Poder Legislativo
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Ley de Aguas
Vigente
Captación de Agua
Efluentes Líquidos
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Regula la gestión integrada de los recursos hídricos de la provincia de Santa Fe, con el fin de promover los distintos usos del agua de manera sustentable a favor de las generaciones presentes y futuras, garantizando el derecho humano fundamental de acceso al agua potable. La gestión integrada de los recursos hídricos involucra el ordenamiento territorial. Rige la gestión de todas las aguas -superficiales, subterráneas y atmosféricas. Todas las aguas quedan sujetas al control, a las limitaciones y a los fines que en función del interés público establezca la Autoridad de Aplicación y sometidas a las disposiciones de esta Ley de Aguas. Sin perjuicio de ello, la prestación de los servicios sanitarios es regida por la ley especial vigente o la que en el futuro la reemplace, conforme los principios derivados de la presente ley. Deroga las leyes nros. 2250, 3368, 3375, 10623,10714 y 10825. |
Provincia de Santa Fe
MIyT (Santa Fe)
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Ley 1914/2001
Poder Legislativo
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Ley Ambiental Provincial (Ley 1914)
Vigente
Protección del Ambiente
Efluentes Líquidos
Emisiones Gaseosas
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La Ley Ambiental Provincial tiene por objeto la protección, conservación, defensa y mejoramiento de los recursos naturales y del ambiente en el ámbito de la Provincia de La Pampa, mediante la definición de políticas y acciones, la compatibilización de las normas sectoriales de naturaleza ambiental y la coordinación de las áreas de gobierno intervinientes en la gestión ambiental, promoviendo la participación ciudadana. Es la norma marco ambiental provincial, reglamentada parcialmente por numerosos decretos (2139/03 EIA, 2793/06 efluentes líquidos, 569/13 aire atmosférico, 298/06 residuos petroleros, entre otros). Establece la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) como instrumento obligatorio previo para todo proyecto de obra o acción, pública o privada, capaz de modificar el ambiente provincial (enumerados en el Anexo I), con intervención del Ente de Políticas Ecológicas y mecanismo de Audiencia Pública. Regula el ordenamiento ambiental del territorio, el Sistema Provincial de Información Ambiental, la educación ambiental, las áreas naturales protegidas (remitiendo a la Ley 1321), la bioseguridad de organismos genéticamente modificados y el régimen de contaminación ambiental y normas técnicas (prohibición de vuelco de efluentes contaminantes que superen valores máximos de emisión). Designa a la Subsecretaría de Ecología como organismo de aplicación y crea el Fondo Ambiental Provincial (FAP). Tipifica infracciones administrativas y establece sanciones (apercibimiento, reparación del daño, multa de 50 a 500 sueldos básicos categoría 16, clausura de 30 días a 1 año o definitiva, inhabilitación), además de habilitar la vía judicial para la defensa del ambiente y el equilibrio ecológico. |
Provincia de La Pampa
SAyCC (La Pampa)
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Ley 3195/2019
Poder Legislativo
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Ley Ambiental Provincial - Política ambiental de La Pampa
Vigente
Protección del Ambiente
Seguro Ambiental
Desarrollo Sostenible
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Ley que establece la política ambiental de la Provincia de La Pampa, complementando los presupuestos mínimos de la Ley Nacional 25.675 (Ley General del Ambiente), y deroga la anterior Ley Ambiental Provincial N° 1.914. Fija los principios de política ambiental (congruencia, prevención, precautorio, equidad intergeneracional, progresividad, responsabilidad, subsidiariedad, sustentabilidad, solidaridad y cooperación) y establece como instrumentos de política y gestión ambiental: Ordenamiento Ambiental del Territorio, Evaluación de Impacto Ambiental (con Declaración de Impacto Ambiental válida por 3 años), Evaluación Ambiental Estratégica, Plan de Gestión Ambiental, control y fiscalización, Auditoría Ambiental, educación ambiental, información ambiental provincial (con resolución de solicitudes en 30 días hábiles), participación ciudadana, acciones de salud ambiental y seguro ambiental obligatorio para actividades riesgosas. Crea el Ente de Políticas Ambientales como comisión intersectorial de la Administración Pública Provincial y remite al Poder Ejecutivo la designación de la Autoridad de Aplicación. Establece un régimen de infracciones administrativas con sanciones de apercibimiento, multa (1 a 1.000 veces el haber básico de un Ministro), clausura de la fuente contaminante (1 día a 1 año), inhabilitación (30 días a 1 año) y clausura/inhabilitación definitiva, considerando reincidencia dentro de los 2 años. Habilita la vía judicial ante el Juez Civil, Comercial, Laboral y de Minería para la defensa del ambiente, y ordena reglamentar la ley dentro de los 180 días de su publicación (reglamentada por el Decreto 674/22). |
Provincia de La Pampa
SAyCC (La Pampa)
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Ley 4417/2009
Poder Legislativo
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Ley 4417 - Reducción y Sustitución de Bolsas Plásticas no Biodegradables
Vigente
Protección del Ambiente
Gestión de Residuos no Especiales
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Instituye el Programa Provincial de Reducción y Sustitución Progresiva de bolsas de polietileno, polipropileno u otra materia no biodegradable que proveen supermercados, almacenes, tiendas, kioscos y comercios en general para la contención y transporte de mercaderías, incluyendo también las bolsas para residuos domiciliarios. Designa al CODEMA como autoridad de aplicación, con la colaboración de la Dirección General de Comercio Interior. Establece acciones de sensibilización y educación, e impulso de políticas públicas para el desarrollo de envases biodegradables sustitutos, y faculta a la autoridad de aplicación a fijar por vía reglamentaria (dentro de un plazo máximo de 4 años desde la sanción) la fecha a partir de la cual queda prohibido el uso de bolsas no biodegradables en el territorio provincial. Invita a los municipios a adherir mediante programas locales complementarios. |
Provincia de Río Negro
CODEMA (Río Negro)
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Ley 2175/1987
Poder Legislativo
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Ley 2175 - Agroquímicos (con su Decreto Reglamentario)
Vigente
Gestión de Residuos Fitosanitarios
Sustancias Peligrosas
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Regula el uso de plaguicidas y agroquímicos en la Provincia de Río Negro: define conceptos técnicos (salud, ambiente, contaminación ambiental, residuo, límite máximo de residuos), designa como autoridad de aplicación a la CEIPA (Comisión Ejecutiva Interministerial de Plaguicidas y Agroquímicos, integrada por Economía, Salud Pública, Educación y Trabajo) y establece un régimen de registro obligatorio, con renovación anual, para fabricantes, fraccionadores, distribuidores, comercios de venta y transportistas de estos productos. El documento incluye también el texto de la reglamentación de la Ley (condiciones generales y particulares para plantas, comercios, locales de venta, distribuidoras, oficinas de venta y transporte de plaguicidas y agroquímicos, condiciones de trabajo, aspectos laborales y un procedimiento de muestreo representativo para el control de existencias), con su propio régimen de sanciones y multas por incumplimiento (Artículos 27 y 28 de la Ley y Anexo I del Decreto reglamentario). |
Provincia de Río Negro
CEIPA (Rio Negro)
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Ley 2056/1986
Poder Legislativo
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Ley 2056 - Fauna Silvestre
Vigente
Protección del Ambiente
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Declara de interés público a la fauna silvestre que habite temporaria o permanentemente el territorio de la Provincia de Río Negro, así como su manejo y el de sus hábitats. Define los conceptos de protección, preservación, conservación, propagación, repoblación, restauración y control del recurso, y establece que la autoridad de aplicación es la Dirección de Fauna dependiente del Ministerio de Producción. Regula la caza (deportiva y comercial), la comercialización, industrialización y transporte de productos y subproductos de la fauna silvestre, crea una Comisión Asesora honoraria para el manejo del recurso, y establece un régimen de faltas, procedimientos y sanciones para las infracciones a la Ley y sus normas reglamentarias. Impone obligaciones de custodia y colaboración a propietarios, arrendatarios y ocupantes de predios, y a las autoridades municipales. |
Provincia de Río Negro
SAyCC (Río Negro)
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25/2026
MA (PBA)
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Legajo Único Electrónico
Vigente
Radicación Industrial
Protección del Ambiente
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Se establece el “Legajo Único Electrónico” (LUE) destinado a personas humanas o jurídicas que, en el marco de su actividad, se encuentren sujetos a autorización, aprobación o fiscalización por parte de este Ministerio, conforme a la normativa aplicable |
Provincia de Buenos Aires
MA (PBA)
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Resolución 29/2017
CINQN (Neuquén)
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Legajo Técnico Mínimo para Medición de Puesta a Tierra, Verificación de Continuidad de Masas y Funcionamiento de Dispositivos de Protección
Vigente
Riesgo Eléctrico
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Aprueba el "Legajo Técnico Mínimo para Medición de Puesta a Tierra, Verificación de Continuidad de Masas y Funcionamiento de Dispositivos de Protección - Res. SRT N° 900/15". |
Provincia de Neuquén
CINQN (Neuquén)
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Ley 22802/1983
Poder Ejecutivo
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Lealtad Comercial
No vigente
Inocuidad Alimentaria
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Se establecen los criterios y obligaciones en la Lealtad comercial de Los frutos y los productos que se comercialicen en el país. |
Nacional
Poder Ejecutivo
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Decreto 274/2019
Poder Ejecutivo
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Lealtad Comercial
Vigente
Inocuidad Alimentaria
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Establece las bases de la Lealtad Comercial. Se deroga la Ley 22.802. |
Nacional
Poder Ejecutivo
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Resolución 41/2014
OPDS (PBA)
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Laboratorios de análisis industriales
Vigente
Radicación Industrial
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La Res. OPDS 41/14 deroga las Resoluciones de la SPA 504/01, 167/02, 620/02, 1.157/02 y 35/02; las Resoluciones de la SPA 201/02 y 1.652/03; la Resolución OPDS 258/10. Exige que los Laboratorios de Análisis Industriales que se contraten demuestren estar habilitados en los términos de la Res. OPDS 41/14 y cumplen con los Requisitos Mínimos para la Habilitación establecidos en el Anexo I de dicha norma. Para ello deben exhibir el Certificado de Habilitación previsto en el Anexo VIII de la Res. OPDS 41/14, cuya validez es de 10 años para los Laboratorios Categoría A y de 5 años para los Laboratorios de Categoría B (inciso a) del Anexo I de la Res. OPDS 41/14. Los laboratorios de análisis industriales habilitados condicionalmente en el marco de las Resoluciones 504/01 y 167/02 de la ex Secretaría de Política Ambiental (SPA), contarán con un plazo de 180 días improrrogables, que vence el 10/04/2015, para cumplir con los requisitos estipulados en Requisitos Mínimos para la Habilitación de los Laboratorios de Análisis Industriales establecidos en el Anexo I de la Res. OPDS 41/14. Exigir que los Laboratorios de Análisis Industriales que se contraten demuestren estar inscriptos en el Registro Provincial de Generadores de Residuos Especiales en carácter de establecimientos no industriales (Anexo I, Res. OPDS 41/14). Exigir al Laboratorio contratado el uso de la documentación establecida por la Res. OPDS 41/14, a saber: "Certificados de Cadena de Custodia", "Protocolos para Informe", "Certificados de Derivación" y "Protocolos de Derivación" emitidos. |
Provincia de Buenos Aires
OPDS (PBA)
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Ley 11544/1929
Poder Legislativo
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Jornada de trabajo
Vigente
Otras Obligaciones del Empleador
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Se debe observar los requerimientos conexos a la materia de higiene y seguridad exigidos por las diferentes instituciones del Derecho Laboral, como ser Jornada de Trabajo; Descansos Obligatorios; y Prestación de Servicios en horas suplementarias; etc. |
Nacional
SRT
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Circular 1/1999
SRT
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Investigación de incidentes
Vigente
Accidentes de Trabajo
Riesgos del Trabajo
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Establece que la ART deberá enviar las investigaciones de accidentes de trabajo al Departamento de Evaluación de Siniestros de la Subgerencia de Prevención de la SRT, cumpliendo con los requisitos mínimos de información que se indican en su Formulario para la Investigación de Accidentes. |
Nacional
SRT
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Decreto 2686/1993
Poder Ejecutivo
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Inversiones Mineras - Reglamentación
Vigente
Minería
Protección del Ambiente
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Se aprueba el reglamento de la Ley N° 24.196. En el capítulo VII de la Conservación del Ambiente, se requiere presentar a la autoridad de aplicación, en la o las oportunidades que ella determine, a través de las normas complementarias, los estudios técnicos referidos al impacto ambiental que provoca la actividad pertinente. |
Nacional
Poder Ejecutivo
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